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Naturaleza

El Consejo Nacional de Misiones es un órgano asesor de la Comisión Episcopal de Misiones y Cooperación entre las Iglesias, constituido por la Conferencia Episcopal Española para la reflexión, animación y coordinación misioneras en España.

Finalidades

El Consejo Nacional de Misiones tiene como finalidades primordiales ayudar a la Comisión Episcopal de Misiones y Cooperación entre las Iglesias a:

“Programar, dirigir y revisar las principales actividades de cooperación misionera a nivel nacional” (CM 12)
Promover con mayor eficacia la animación, la formación y la cooperación misioneras en España.
Favorecer la relación entre las distintas Instituciones misioneras que integran el Consejo en orden a una mayor comunión eclesial y unidad de acción.

Composición del Consejo

El Consejo Nacional de Misiones está constituido por:

El Presidente, que será el obispo Presidente de la Comisión Episcopal de Misiones y Cooperación entre las Iglesias.
Los Obispos miembros de la Comisión Episcopal de Misiones y Cooperación entre las Iglesias
El Director de las Obras Misionales Pontificias.
Dos miembros del Departamento de Misiones de la CONFER.
Presidente/a y Vicepresidente/a del SCAM.
El Director General del IEME.
Presidente/a y Vicepresidente/a de la Coordinadora de Asociaciones de Laicos Misioneros.
Cuatro Delegados Diocesanos de Misiones, elegidos por ellos mismos.
Presidenta de Manos Unidas
Coordinador de Cooperación Internacional de Caritas Española.
Director del Fondo “Nueva Evangelización”
El Secretario de la CEM, como representante de la OCSHA, y que actuará simultáneamente como Secretario del Consejo.

El Presidente puede invitar a participar en las sesiones de trabajo del Consejo Nacional a alguna persona técnicamente preparada en función del tema a tratar.

Sede y Funcionamiento

La Sede del Consejo Nacional de Misiones es la misma de la Comisión Episcopal.

El Pleno del Consejo se reunirá al menos dos veces al año, y siempre que lo solicite la Comisión Episcopal de Misiones.

Las reuniones del Consejo Nacional de Misiones son convocadas por el Presidente, al menos con un mes de anticipación mediante el envío del correspondiente orden del día.

Corresponde al Secretario enviar las convocatorias a las reuniones, redactar el Acta de cada reunión, archivar la documentación y enviar cuantas comunicaciones exija la actividad del Consejo.

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